- Ley
- Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
- Artículo
- 20
Artículo 20 del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona encargada de la Secretaría Ejecutiva será elegida por un Comité, siguiendo un proceso que ya está definido en la ley. Este puesto dura 4 años y se puede reelegir una vez. Quien quiera aspirar debe comprobar que tiene al menos 5 años de experiencia en la defensa de los derechos humanos. También necesita demostrar que sabe cómo revisar y evaluar políticas públicas, cómo ponerlas en práctica y cómo funciona la administración pública de la Ciudad de México. Además, debe conocer bien el Programa de Derechos Humanos y los problemas de derechos humanos que hay en la capital.
Texto oficial
Artículo 20.- La o el Titular de la Secretaría Ejecutiva será designado por el Comité, a través del proceso de selección que establece el artículo 20, fracción I de la Ley y el artículo 5 fracción I del presente Reglamento y durará en su encargo 4 años con posibilidad de una reelección. Sin menoscabo de los requisitos establecidos en el procedimiento establecido en el artículo 20, fracción I de la Ley del Programa y en la convocatoria que emitirá el Comité, las y los aspirantes deberán de cumplir como mínimo con los siguientes requisitos: I. Contar y acreditar 5 años de experiencia,como mínimo, en el conocimiento, promoción y defensa de los derechos humanos; II. Contar y acreditarconocimientos y experiencia en modelos de seguimiento y evaluación de políticas públicas; III. Contar y acreditar conocimientos y experiencia sobre la implementación de políticas públicas y gestión pública; IV. Contar y acreditar conocimientos en el Programa de Derechos Humanos y la problemáticas de derechos humanos en el Distrito Federal; y V. Contar y acreditar conocimientos sobre la estructura institucional de la administración pública capitalina y su funcionamiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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