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Ley
Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Artículo
30

Artículo 30 del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 30 dice que un área especial del gobierno (el Área de Vinculación) tiene que encargarse de que los Espacios de participación (como juntas o comités donde la gente opina) funcionen bien. Su trabajo es ayudar a que escuelas, organizaciones civiles, grupos de derechos humanos y ciudadanos participen en darle seguimiento al Programa. También deben organizar el trabajo de esos espacios, recibir ideas o experiencias de ellos, y guardar toda la información que salga de las reuniones. Además, pueden dar consejos sobre si esos espacios deben seguir o cerrarse, y asegurarse de que se cumplan los acuerdos que se tomen ahí.

Texto oficial

Artículo 30.- El Área de Vinculación con los Espacios de participación deberá: I. Facilitar el funcionamiento de los Espacios de participación; II. Promover la participación de las instituciones académicas, organizaciones civiles y sociales, organismos internacionales de derechos humanos, instancias ejecutoras y Comités Ciudadanos en los Espacios de participación para el seguimiento del Programa; III. Articular los trabajos de los diferentes Espacios de participación; IV. Recibir y compartir experiencias de los Espacios de participación; V. Coordinar la sistematización de la información que surja de los Espacios de participación; VI. Asesorar técnicamente sobre la pertinencia de la instalación o terminación de los Espacios de participación, a partir de los informes de seguimiento; VII. Asesorar metodológicamente los trabajos de los Espacios de participación en el seguimiento y la vigilancia social del Programa; VIII. Dar seguimiento a los acuerdos que deriven de los trabajos de los Espacios de participación; y IX. Las demás que establezca el presente Reglamento y los acuerdos y lineamientos adoptados por el Comité.

Ver texto oficial del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (pág. 8) ↗

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