- Ley
- Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
- Artículo
- 42
Artículo 42 del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En las juntas normales del Comité, los miembros pueden pedir que se pongan sobre la mesa temas de "Asuntos Generales", pero solo si no hace falta revisar documentos antes o si el propio Comité decide que son asuntos obvios y urgentes. Cuando ya se haya terminado de hablar sobre lo que venía en la lista de la reunión, la Secretaría Ejecutiva avisará a todos si hay alguien que quiera proponer algún "Asunto General". En ese momento, quien tenga el tema debe explicarlo para que el grupo lo analice y decida.
Texto oficial
Artículo 42.- En las asambleas ordinarias las y los integrantes del Comité podrán solicitar que se enlisten “Asuntos Generales” que no requieran de examen previo de documentos o que el Comité acuerde que son de obvia y urgente resolución. La Secretaría Ejecutiva, al agotarse la discusión del último punto del orden del día, comunicará a la Asamblea si existen “Asuntos Generales”, solicitando se indique el tema correspondiente para someterlas a consideración.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.