- Ley
- Reglamento de Operación del Comité Técnico de Administración de Documentos del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
- Artículo
- 2
Artículo 2 del Reglamento de Operación del Comité Técnico de Administración de Documentos del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que para entender y usar este reglamento, hay que seguir las reglas que ya marca la Ley de Archivos de la Ciudad de México. Es como si te dijeran: "Para manejar bien este documento, primero checa lo que dice la ley principal". Así que cualquier duda, tienes que ir a la ley grande para que todo cuadre. No se puede interpretar a como te dé la gana, sino como esa ley lo indique. Básicamente, la ley de archivos es la guía obligatoria para aplicar este reglamento.
Texto oficial
Artículo 2.- La interpretación y aplicación del presente Reglamento se hará conforme a los criterios establecidos en la Ley de Archivos del Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.