Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-operacion-comite-tecnico-administracion-documentos-instituto-mujeres/3
- Ley
- Reglamento de Operación del Comité Técnico de Administración de Documentos del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
- Artículo
- 3
Artículo 3 del Reglamento de Operación del Comité Técnico de Administración de Documentos del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si no hay una regla en este reglamento para tu caso, el COTECIAD (un comité técnico) decidirá cómo resolverlo. Tú no necesitas preocuparte por buscar la regla exacta; ellos se encargarán de ponerse de acuerdo y darte una solución. Esto aplica para cualquier situación que el reglamento no tenga contemplada.
Texto oficial
Artículo 3.- Los casos no previstos en este Reglamento serán resueltos por acuerdo del COTECIAD.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.