- Ley
- Reglamento de Operación del Comité de Transparencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 24
Artículo 24 del Reglamento de Operación del Comité de Transparencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando empieza la junta, la secretaria o el secretario lee el plan de lo que se va a hablar en la reunión. Si alguien del grupo pide cambiar ese plan, se puede hacer, pero solo si la mayoría del comité está de acuerdo.
Texto oficial
Artículo 24. Iniciada la sesión, la Secretaria o el Secretario dará cuenta del contenido del proyecto de orden del día, mismo que podrá modificarse a petición de cualquier integrante, previo acuerdo del Comité.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.