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Ley
Reglamento de Operación del Comité de Transparencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
28

Artículo 28 del Reglamento de Operación del Comité de Transparencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En una junta o reunión, la persona que preside (el presidente o la presidenta) va a dar la palabra a los que quieran hablar, siempre y cuando tengan derecho a voz, es decir, puedan opinar. Esto pasa cuando ya se está viendo cada punto del orden del día, que es la lista de temas a tratar. No cualquiera puede hablar: solo los que tienen permitido opinar en esa sesión.

Texto oficial

Artículo 28. Para el desahogo de los asuntos comprendidos en el orden del día, la Presidenta o el Presidente concederá el uso de la palabra a quienes tengan derecho a voz y deseen expresar su opinión. Capítulo V De la votación

Ver texto oficial del Reglamento de Operación del Comité de Transparencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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