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Ley
Reglamento de Operación del Comité de Transparencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
5

Artículo 5 del Reglamento de Operación del Comité de Transparencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el reglamento no dice nada sobre algún tema, el Comité lo va a resolver en una junta. Para eso, necesitan que la mayoría de los miembros que pueden hablar y votar estén de acuerdo. Además, tienen que tomar en cuenta lo que dicen la Ley de Transparencia y la Ley de Datos. Esto aplica solo para cosas no cubiertas en el reglamento.

Texto oficial

Artículo 5. Lo no previsto en este Reglamento será resuelto en sesión por el Comité, mediante acuerdo aprobado por la mayoría de sus integrantes con derecho a voz y voto, atendiendo a lo dispuesto en la Ley de Transparencia y en la Ley de Datos. Título Segundo De los integrantes del Comité y sus funciones Capítulo I De la integración del Comité

Ver texto oficial del Reglamento de Operación del Comité de Transparencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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