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Ley
Reglamento para la Operación de Videojuegos en el Distrito Federal
Artículo
21

Artículo 21 del Reglamento para la Operación de Videojuegos en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los órganos políticos (como delegaciones o alcaldías) pueden revisar que negocios o ciudadanos cumplan las reglas, pero siempre deben seguir lo que marca la ley y los reglamentos. No pueden hacer revisiones al aventón, sino que tienen que actuar conforme a lo que ya está escrito en los códigos y normas oficiales. Es decir, si te van a inspeccionar, deben tener fundamento legal y no inventarse pasos o requisitos sobre la marcha.

Texto oficial

ARTÍCULO 21.- La verificación administrativa que lleven a cabo los Órganos Político-Administrativos en el ejercicio de sus atribuciones, se instrumentará de conformidad con lo dispuesto en los ordenamientos jurídicos y administrativos aplicables.

Ver texto oficial del Reglamento para la Operación de Videojuegos en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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