- Ley
- Reglamento para la Operación de Videojuegos en el Distrito Federal
- Artículo
- 21
Artículo 21 del Reglamento para la Operación de Videojuegos en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los órganos políticos (como delegaciones o alcaldías) pueden revisar que negocios o ciudadanos cumplan las reglas, pero siempre deben seguir lo que marca la ley y los reglamentos. No pueden hacer revisiones al aventón, sino que tienen que actuar conforme a lo que ya está escrito en los códigos y normas oficiales. Es decir, si te van a inspeccionar, deben tener fundamento legal y no inventarse pasos o requisitos sobre la marcha.
Texto oficial
ARTÍCULO 21.- La verificación administrativa que lleven a cabo los Órganos Político-Administrativos en el ejercicio de sus atribuciones, se instrumentará de conformidad con lo dispuesto en los ordenamientos jurídicos y administrativos aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.