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Ley
Reglamento para la Operación de Videojuegos en el Distrito Federal
Artículo
3

Artículo 3 del Reglamento para la Operación de Videojuegos en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo sirve para que sepas qué significa cada palabra que se usa en este reglamento. Por ejemplo, cuando diga "Secretaría", se refiere a la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México (antes Distrito Federal). "Establecimiento" es el negocio físico donde alguien (una persona o una empresa) ofrece videojuegos. "Verificador" es un funcionario que va a revisar que los negocios cumplan con la ley. En resumen, te está dando un diccionario de términos para que entiendas bien de qué habla el reglamento.

Texto oficial

ARTÍCULO 3°. Para efectos de este Reglamento, se entenderá por: Secretaría: La Secretaría de Gobierno del Distrito Federal. Establecimiento: El local ubicado en un inmueble en donde una persona física o moral desarrolla actividades relativas a Videojuegos. Títulos y contenidos de videojuegos: Nombre e imágenes con que se da a conocer un videojuego para su descripción. Ley: La Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles en el Distrito Federal. Titulares: Las personas físicas o morales que cuenten con una Licencia de Funcionamiento, Declaración de Apertura, Autorización o Permiso para desarrollar actividades relativas a Videojuegos. Verificador: El Servidor Público de la Administración Pública del Distrito Federal cuya función es practicar visitas de verificación para comprobar que los particulares observen los ordenamientos legales y reglamentarios vigentes relacionados con videojuegos. Operación Comercial: La exhibición y explotación de aquellos títulos y contenidos de videojuegos que se pongan a disposición del público en los Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal. Registro: Registro de Videojuegos para el Distrito Federal.

Ver texto oficial del Reglamento para la Operación de Videojuegos en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.