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Ley
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Artículo
1

Artículo 1 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este reglamento es una ley que todas las personas deben cumplir en la Ciudad de México. Su objetivo principal es proteger y cuidar cómo se ve la ciudad, es decir, el paisaje urbano, incluyendo calles, parques y fachadas. También busca recuperar y mantener en buen estado esos espacios para que se vean ordenados y bonitos. Además, establece reglas claras para todo lo que tiene que ver con el mobiliario urbano, como bancas, postes, paradas de camión y letreros, desde su instalación hasta su retiro o demolición. La segunda parte de este artículo ya no es válida, por lo que no hay que tomarla en cuenta.

Texto oficial

Artículo 1°.- El presente Reglamento es de orden público y de observancia general, tiene por objeto: I. Fijar las normas básicas para la protección, conservación, recuperación y consolidación del paisaje urbano del Distrito Federal, así como de los elementos que lo componen; II. Se deroga; III. El diseño, distribución, sustitución, emplazamiento, operación, mantenimiento, retiro, desmantelamiento y/o demolición del mobiliario urbano en la vía pública y espacios abiertos del Distrito Federal.

Ver texto oficial del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.