- Ley
- Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 17
Artículo 17 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 17 ya no está vigente, fue eliminado de la ley. El texto que ves dice "Se deroga", lo que significa que ese artículo fue cancelado oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal. Luego viene el título del Capítulo II, que habla sobre cómo se clasifican los anuncios, pero eso es aparte. En pocas palabras: el artículo 17 no existe más, no tienes que preocuparte por él.
Texto oficial
Artículo 17.- Se deroga. CAPÍTULO II DE LA CLASIFICACIÓN DE LOS ANUNCIOS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.