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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ordenamiento-paisaje-urbano-distrito-federal/52
Ley
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Artículo
52

Artículo 52 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no tiene validez, porque fue eliminado de la ley. La palabra "derogar" significa que se cancela o anula oficialmente ese artículo. En pocas palabras, ya no existe ni se aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 52.- Se deroga.

Ver texto oficial del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal (pág. 8) ↗

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