Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ordenamiento-paisaje-urbano-distrito-federal/64
- Ley
- Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 64
Artículo 64 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que ya no está vigente, o sea, que ya no aplica. Cuando una ley dice "se deroga", significa que esa parte ya no sirve, como cuando se borra una regla que ya no se usa. Así que no te preocupes por este artículo, porque ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 64.- Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.