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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ordenamiento-paisaje-urbano-distrito-federal/70
Ley
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Artículo
70

Artículo 70 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 70 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Cuando una ley dice que un artículo "se deroga", significa que queda sin validez y ya no se aplica. Así que este artículo ya no te afecta ni te da ningún derecho u obligación. En pocas palabras, puedes ignorarlo por completo.

Texto oficial

Artículo 70.- Se deroga.

Ver texto oficial del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.