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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ordenamiento-paisaje-urbano-distrito-federal/72
Ley
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Artículo
72

Artículo 72 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 72 ya no está vigente porque fue eliminado de la ley. "Derogar" significa cancelar o anular una norma, así que este artículo ya no tiene validez ni debes tomarlo en cuenta. En pocas palabras, ya no existe como regla aplicable.

Texto oficial

Artículo 72.- Se deroga.

Ver texto oficial del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.