- Ley
- Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal
- Artículo
- 11
Artículo 11 del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica quién tiene la autoridad para dar órdenes en la policía de la Ciudad de México (antes Distrito Federal). El mando más alto lo tiene el Presidente de la República, pero en el día a día, el Jefe de Gobierno de la Ciudad es quien dirige la policía a través de su Secretario de Seguridad Ciudadana. Los directores de cada área de la Secretaría se encargan de los asuntos administrativos, como el papeleo y la organización. Finalmente, los mandos operativos, como jefes de sector o comandantes, son los que dan las órdenes directas a los policías en las calles.
Texto oficial
Artículo 11.- Los mandos en la Policía del Distrito Federal, se ejercerán de la siguiente manera: I.- Mando Supremo, que corresponde al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; II.- Alto Mando, que radica en el Jefe del Departamento del Distrito Federal y que ejercerá por conducto del Secretario General de Protección y Vialidad. III.- Mandos administrativos, que competen a los Directores de cada una de las unidades administrativas de la Secretaría General de Protección y Vialidad, y IV.- Mandos operativos, que estarán a cargo de los directores correspondientes, jefes de región y de sector, comandantes de agrupamiento, de grupo y de unidades especiales y menores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.