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Ley
Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Artículo
33

Artículo 33 del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Honor y Justicia es un grupo dentro de la policía que se encarga de revisar y decidir sobre dos cosas: primero, la buena o mala fama de los policías (si son confiables o no), y segundo, las faltas serias que no son delitos, como llegar tarde seguido o no seguir órdenes internas. Ellos juzgan y ponen las consecuencias según lo que corresponda. Básicamente, es como un tribunal interno que vigila el comportamiento de los agentes.

Texto oficial

Artículo 33.- El Consejo de Honor y Justicia es competente para conocer, resolver y determinar en todo lo relativo a: I.- La reputación de los elementos de la Policía del Distrito Federal, y II.- Las faltas graves que no constituyan delitos.

Ver texto oficial del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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