- Ley
- Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal
- Artículo
- 33
Artículo 33 del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo de Honor y Justicia es un grupo dentro de la policía que se encarga de revisar y decidir sobre dos cosas: primero, la buena o mala fama de los policías (si son confiables o no), y segundo, las faltas serias que no son delitos, como llegar tarde seguido o no seguir órdenes internas. Ellos juzgan y ponen las consecuencias según lo que corresponda. Básicamente, es como un tribunal interno que vigila el comportamiento de los agentes.
Texto oficial
Artículo 33.- El Consejo de Honor y Justicia es competente para conocer, resolver y determinar en todo lo relativo a: I.- La reputación de los elementos de la Policía del Distrito Federal, y II.- Las faltas graves que no constituyan delitos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.