- Ley
- Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal
- Artículo
- 32
Artículo 32 del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres policía de la Ciudad de México, tienes derecho a recibir las mismas prestaciones y servicios sociales que el gobierno de la ciudad le da a todos sus empleados. Esto incluye cosas como seguro médico, apoyo para vivienda o créditos, entre otros beneficios. La ley no dice cuáles son exactamente, pero sí que deben ser iguales para todos los trabajadores del gobierno.
Texto oficial
Artículo 32.- Los miembros de la Policía del Distrito Federal, tendrán derecho a las prestaciones y servicios sociales que el Departamento del Distrito Federal otorgue a sus trabajadores en general. CAPITULO V Del Consejo de Honor y Justicia
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.