Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-policia-preventiva-distrito-federal/37
Ley
Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Artículo
37

Artículo 37 del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Academia de Policía es la escuela donde entrenan a los policías de la Ciudad de México. Ahí les enseñan tanto la teoría como la práctica de su trabajo, y también les inculcan que deben servir y respetar siempre a los ciudadanos. Además, los preparan para que tengan mucha disciplina, responsabilidad, honestidad y lealtad hacia la institución.

Texto oficial

Artículo 37.- La Academia de Policía será la responsable de capacitar teórica y prácticamente a los elementos que integran la Policía del Distrito Federal, a quienes imbuirá el espíritu de servicio y respeto permanente para sus habitantes, así como de un estricto sentido de disciplina, responsabilidad, honestidad y lealtad institucional.

Ver texto oficial del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.