Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-policia-preventiva-distrito-federal/39
- Ley
- Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal
- Artículo
- 39
Artículo 39 del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Tienes que ir a los cursos de capacitación que te ponga tu jefe o la empresa, porque es una obligación. Esos cursos son para que mejores tus habilidades y conocimientos en tu trabajo. Si te asignan uno, no puedes decir que no.
Texto oficial
Artículo 39.- Será obligatorio para el personal, asistir a los cursos que le sean asignados para lograr una mayor superación profesional.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.