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Ley
Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal
Artículo
13

Artículo 13 del Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Procurador General lo nombra el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y trabaja bajo las órdenes directas del Subsecretario, aunque también puede hablar directamente con el Secretario si este lo considera necesario. En cambio, el Secretario de Gobierno es quien decide quién ocupa los puestos de Subprocuradores, Procuradores auxiliares, peritos y otro personal técnico y operativo, además de poder despedirlos si hace falta.

Texto oficial

Articulo 13.- El Procurador General, será designado por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal y dependerá directamente del Subsecretario, sin perjuicio de que pueda acordar con el Secretario, si éste lo estima pertinente. El nombramiento y remoción de los Subprocuradores, Procuradores auxiliares, peritos y demás personal de apoyo técnico-operativo, estará a cargo del Secretario de Gobierno. CAPITULO IV DE LAS ATRIBUCIONES

Ver texto oficial del Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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