Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-sesiones-consejo-general-comisiones-instituto-electoral-distrito/35
Ley
Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal
Artículo
35

Artículo 35 del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 35 dice que, en las juntas del Consejo General, primero se platican los temas de la lista del día y luego se votan, a menos que el mismo Consejo decida, echando un volado entre los miembros, dejar para después la discusión o votación de algún punto, o regresarlo para que lo arreglen y lo vuelvan a presentar. Es como cuando en una reunión acuerdan no tratar un asunto ahorita y lo dejan para la próxima.

Texto oficial

Artículo 35. Los asuntos contenidos en el orden del día serán discutidos y, en su caso, votados, salvo cuando el propio Consejo General acuerde, mediante votación, posponer la discusión o votación de algún asunto en particular, así como su devolución para su adecuación y posterior presentación al Consejo General.

Ver texto oficial del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.