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Ley
Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal
Artículo
36

Artículo 36 del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si algún miembro del Consejo lo pide, se puede dividir la votación de un asunto en dos partes: primero se vota la idea general, y al mismo tiempo se votan los puntos en los que todos están de acuerdo. Después, se vota por separado solo los puntos donde hubo desacuerdo. Si hay más de un proyecto de acuerdo o resolución, se vota cada uno por separado, en el orden en que se presentaron.

Texto oficial

Artículo 36. A solicitud de alguna persona integrante del Consejo General se podrá dividir la votación de un asunto en lo general y en lo particular. En estos casos, en primer lugar, se procederá a votar en lo general y simultáneamente los puntos que no fueran motivo de desacuerdo. Posteriormente, se tomará la votación en lo particular sobre los puntos restantes. En caso de que existiera más de un proyecto de acuerdo o resolución, la Secretaría del Consejo tomará la votación para cada uno de ellos en el orden en que hayan sido presentados.

Ver texto oficial del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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