- Ley
- Reglamento de Sesiones del Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación del Distrito Federal
- Artículo
- 8
Artículo 8 del Reglamento de Sesiones del Consejo para Prevenir y Erradicar la Discriminación del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El aviso de la junta (la Convocatoria) debe decir el día y la hora, si es junta normal o urgente, y dejar claros los temas que se van a tratar. También tiene que incluir los papeles y documentos necesarios para que puedas entender de qué va cada tema. Hasta 24 horas antes de la junta, cualquier Consejero puede pedirle al Presidente que agregue un tema nuevo a la lista, pero debe entregar los documentos que justifiquen ese tema. En las juntas urgentes (extraordinarias) solo se pueden tratar los asuntos para los que se hizo la junta, nada más. No vale hablar de otros temas aunque se te ocurran ese día.
Texto oficial
Artículo 8. La Convocatoria se realizara conforme a lo siguiente: I. La Convocatoria contendrá al menos el día y la hora en que se celebrará la sesión; la mención de ser ordinaria o extraordinaria; y un proyecto de Orden del Día. Se deberá acompañar los documentos y anexos necesarios, y II. Hasta veinticuatro horas antes de la sesión, cualquier Consejero podrá solicitar a la Presidencia, la inclusión de un tema en el Orden del Día, acompañando a su solicitud, los documentos necesarios. En las sesiones extraordinarias, sólo podrán ventilarse aquellos temas para los que fueron convocados. CAPÍTULO III DEL DESARROLLO DE LAS SESIONES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.