- Ley
- Reglamento para Terminales Interiores de Carga
- Artículo
- 10
Artículo 10 del Reglamento para Terminales Interiores de Carga
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para construir una terminal de carga, tú como permisionario (la persona o empresa que tiene el permiso para operar) tienes que pedir todos los permisos necesarios y cumplir con las reglas que marquen los gobiernos federal, estatal y municipal. Es decir, no puedes empezar a construir hasta que tengas luz verde de todas las autoridades que tengan algo que decir en el proyecto, como las de medio ambiente o las de construcción. Cada nivel de gobierno revisa lo que le toca según la ley.
Texto oficial
Artículo 10.- Para la realización de las obras de la terminal interior de carga, el permisionario deberá recabar las autorizaciones que se requieran y observar las normas establecidas por las autoridades federales, estatales y municipales, según corresponda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.