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Ley
Reglamento para Terminales Interiores de Carga
Artículo
9

Artículo 9 del Reglamento para Terminales Interiores de Carga

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El permiso que te dan debe incluir cierta información básica para que esté completo. Primero, tiene que tener tu nombre completo y tu dirección, además de la ubicación exacta de la terminal donde vas a trabajar. También debe decir cuándo empiezas a construir y las condiciones para hacerlo, junto con el plan detallado de la obra. Por último, el permiso tiene que describir las instalaciones, los servicios que puedes ofrecer, tus obligaciones, las multas por no cumplir y las razones por las que te podrían cancelar el permiso.

Texto oficial

Artículo 9º.- Los permisos contendrán los siguientes datos: I. Nombre y domicilio del permisionario; II. Ubicación de la terminal; REGLAMENTO PARA TERMINALES INTERIORES DE CARGA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES III. Fecha de inicio y términos de construcción; IV. Programa de obra; V. Descripción de instalaciones; VI. Servicios autorizados; VII. Obligaciones; VIII. Sanciones, y IX. Causas de revocación.

Ver texto oficial del Reglamento para Terminales Interiores de Carga (pág. 2) ↗

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