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Ley
Reglamento para Terminales Interiores de Carga
Artículo
12

Artículo 12 del Reglamento para Terminales Interiores de Carga

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El que tiene un permiso puede pasarle sus derechos y obligaciones a otra persona, pero necesita el permiso de la Secretaría. Esto solo es posible si el permiso ya ha estado activo y funcionando por lo menos cinco años desde que empezó a operar. En pocas palabras, si tienes un permiso por más de cinco años, puedes traspasarlo a otro, pero siempre con el visto bueno de la autoridad.

Texto oficial

Artículo 12.- El permisionario podrá ceder los derechos y obligaciones del permiso, previa autorización de la Secretaría, siempre que hubieren estado vigentes por un término no menor de cinco años a partir de la puesta en operación.

Ver texto oficial del Reglamento para Terminales Interiores de Carga (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.