- Ley
- Reglamento para el Trámite y Sustanciación de Quejas y Procedimientos de Investigación del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 15
Artículo 15 del Reglamento para el Trámite y Sustanciación de Quejas y Procedimientos de Investigación del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres presentar una queja o denuncia electoral, tienes 30 días naturales (incluyendo fines de semana y días festivos) para hacerlo desde que pasó el problema o te enteraste de él. Puedes entregar el escrito en la Oficialía de Partes del Instituto Electoral o en las oficinas de los distritos. Si entregas la queja en las oficinas distritales, ellas deberán enviarla a la Secretaría Ejecutiva a más tardar en 2 días. La fecha que cuentas son días del calendario, no solo días hábiles.
Texto oficial
Artículo 15. Los escritos de queja o denuncia deberán presentarse ante la Oficialía Electoral y de Partes del Instituto o ante las Direcciones o Consejos Distritales, dentro de los treinta días naturales siguientes a aquél en que se cometió la falta o se tuvo conocimiento de ella. Cuando las Direcciones o Consejos Distritales reciban una queja o denuncia, la remitirán dentro de las 48 horas siguientes a la Secretaría Ejecutiva.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.