- Ley
- Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de Chapultepec
- Artículo
- 5
Artículo 5 del Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de Chapultepec
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades del Bosque (llamadas Delegación) son las que deciden a qué hora abre y cierra cada una de sus tres partes. También pueden cerrar todo el Bosque o solo una parte durante algunos días al año para repararlo, limpiarlo o dejarlo bien cuidado. Eso lo pueden hacer sin que nadie más tenga que autorizarlo. En pocas palabras, ellos ponen los horarios y deciden cuándo cerrar.
Texto oficial
Artículo 5º.- Corresponde a la Delegación establecer los horarios de funcionamiento del Bosque en sus tres secciones. Asimismo, podrá determinar anualmente el cierre temporal, total o parcial del Bosque para su revitalización y mantenimiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.