- Ley
- Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de San Juan de Aragón
- Artículo
- 19
Artículo 19 del Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de San Juan de Aragón
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El encargado del zoológico y su equipo tienen que checar que nadie les tire comida ni objetos a los animales que están encerrados. Si alguien lo hace, les toca a ellos poner orden para que eso no pase. La regla aplica a cualquier persona que visite el lugar.
Texto oficial
Artículo 19.- El administrador del Bosque, por conducto del personal a su cargo deberá vigilar que los visitantes del zoológico se abstengan de arrojar alimentos o cualquier otro objeto a los animales en cautiverio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.