- Ley
- Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de San Juan de Aragón
- Artículo
- 21
Artículo 21 del Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de San Juan de Aragón
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que puedas sacar un animal que está encerrado en el lugar que lo cuida, la Delegación tiene que darte un permiso por escrito. Pero solo te lo darán si tienes una razón muy válida y bien justificada. No es algo que te autoricen nada más porque sí, necesitas explicar bien por qué lo necesitas sacar. Ese permiso debe estar firmado o sellado por ellos para que sea legal.
Texto oficial
Artículo 21.- Solo por causas que se justifiquen, la Delegación podrá autorizar por escrito la salida de animales en cautiverio. CAPITULO VIII De los Servicios
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.