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Ley
Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de San Juan de Aragón
Artículo
21

Artículo 21 del Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de San Juan de Aragón

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que puedas sacar un animal que está encerrado en el lugar que lo cuida, la Delegación tiene que darte un permiso por escrito. Pero solo te lo darán si tienes una razón muy válida y bien justificada. No es algo que te autoricen nada más porque sí, necesitas explicar bien por qué lo necesitas sacar. Ese permiso debe estar firmado o sellado por ellos para que sea legal.

Texto oficial

Artículo 21.- Solo por causas que se justifiquen, la Delegación podrá autorizar por escrito la salida de animales en cautiverio. CAPITULO VIII De los Servicios

Ver texto oficial del Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de San Juan de Aragón (pág. 6) ↗

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