- Ley
- Reglamento para el Uso y Preservación del Parque de las Águilas
- Artículo
- 11
Artículo 11 del Reglamento para el Uso y Preservación del Parque de las Águilas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Delegación (la autoridad local) decide en qué áreas del Parque se puede vender cosas. También pone un límite de cuántos comerciantes pueden estar, porque solo asigna ciertos puestos o lugares para vender.
Texto oficial
Artículo 11.- El comercio en el Parque, podrá realizarse en las zonas que para el efecto determine la Delegación, el número de comerciantes estará limitado a la asignación de la locales y lugares que establezca la propia Delegación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.