- Ley
- Reglamento para el Uso y Preservación del Parque de las Águilas
- Artículo
- 23
Artículo 23 del Reglamento para el Uso y Preservación del Parque de las Águilas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si rompes una regla de este parque y después la vuelves a romper, aunque sea otra regla distinta, te consideran reincidente. Eso significa que ya no es la primera vez que la riegas, sino que repites la falta. Por eso, el encargado del parque tiene que llevar una lista con los nombres de quienes ya han cometido infracciones.
Texto oficial
Artículo 23.- Para los efectos de este Reglamento, se considerará reincidente, aquella persona que habiendo cometido cualquier infracción a lo dispuesto por este Ordenamiento, viole nuevamente alguna de las disposiciones contenidas en el mismo. REGLAMENTO PARA EL USO Y PRESERVACIÓN DEL PARQUE DE LAS ÁGUILAS CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES En consecuencia, el Administrador deberá llevar un registro oficial de los infractores, al presente Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.