- Ley
- Reglamento para el Uso y Preservación del Parque Cultural y Recreativo Desierto de los Leones
- Artículo
- 21
Artículo 21 del Reglamento para el Uso y Preservación del Parque Cultural y Recreativo Desierto de los Leones
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Departamento, a través de su oficina local (llamada Delegación), es el encargado de dar estos servicios en el parque: recoger la basura y mantener limpio; cuidar y reparar los edificios y instalaciones que le tocan; mantener funcionando el alumbrado público, el agua potable, el riego y el drenaje; dar información y orientación a los visitantes sobre cómo usar el parque, sus áreas, actividades y cómo cuidarlo; poner baños suficientes y en buen estado, además de servicios de primeros auxilios; y hacer todo lo demás que sea necesario para que el parque funcione bien.
Texto oficial
Artículo 21.- Corresponde al Departamento, por conducto de la Delegación, la prestación de los siguientes servicios: I.- Limpia y recolección de basura; II.- La conservación y mantenimiento de edificaciones e instalaciones que sean de su competencia; REGLAMENTO PARA EL USO Y PRESERVACIÓN DEL PARQUE CULTURAL Y RECREATIVO DESIERTO DE LOS LEONES CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES III.- La conservación y mantenimiento del alumbrado público, de las redes de agua potable, riego y drenaje; IV.- La información y orientación sobre los usos, áreas, actividades y conservación del Parque; V.- La instalación de servicios sanitarios suficientes y adecuados para los usuarios, así como los de primeros auxilios, y VI.- Las demás que requiera el Parque para su óptimo funcionamiento. CAPITULO IX DE LAS SANCIONES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.