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Ley
Reglamento para el Uso y Preservación del Parque Cultural y Recreativo Desierto de los Leones
Artículo
24

Artículo 24 del Reglamento para el Uso y Preservación del Parque Cultural y Recreativo Desierto de los Leones

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cometes alguna de las faltas que mencionan las fracciones señaladas del artículo 14 del Reglamento, el caso se turnará automáticamente a un juzgado especial (el Juzgado Calificador) para que te apliquen la multa o el castigo que corresponda. Eso quiere decir que no es un simple aviso: ya te van a imponer una sanción formal. Las fracciones incluyen infracciones como las que están enlistadas en los puntos I a VI, IX a XI, XVI, XVII, XIX y XXI de ese artículo 14. En pocas palabras, si te cachan en alguna de esas faltas, no hay excusa: vas directo a que te sancionen.

Texto oficial

Artículo 24.- Se remitirá al Juzgado Calificador competente para la aplicación de la sanción que corresponda, a quien infrinja lo dispuesto por las fracciones I, II, III, IV, V, VI, IX, X, XI, XVI, XVII, XIX y XXI del artículo 14 del Reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento para el Uso y Preservación del Parque Cultural y Recreativo Desierto de los Leones (pág. 7) ↗

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