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Ley
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
102

Artículo 102 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los elevadores, escaleras eléctricas y las bandas que mueven cosas en edificios tienen que cumplir sí o sí con las reglas técnicas que marca la ley, conocidas como Normas Oficiales Mexicanas. Esas normas son como instructivos obligatorios que dicen cómo deben fabricarse y funcionar para que sean seguros. Si no se siguen, los dueños de esos equipos pueden tener problemas con las autoridades.

Texto oficial

ARTÍCULO 102.- Los elevadores, escaleras eléctricas y bandas transportadoras deben cumplir con las Normas y las Normas Oficiales Mexicanas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 89) ↗

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