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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_12256/103
Ley
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
103

Artículo 103 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los lugares como cines, teatros o auditorios tienen que seguir reglas específicas de seguridad y funcionamiento. Es decir, no pueden operar a lo loco, sino cumplir con lo que marca la ley para proteger a la gente que asiste. Esto incluye cosas como salidas de emergencia, capacidad máxima o instalaciones accesibles. Si no lo hacen, pueden tener problemas con las autoridades.

Texto oficial

ARTÍCULO 103.- Los locales destinados a cines, auditorios, teatros, salas de concierto, aulas o espectáculos deportivos deben cumplir con las Normas aplicables.442

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 89) ↗

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