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Artículo 111 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando estés construyendo algo, ya sea una casa o un edificio, tienes que tomar medidas para evitar incendios en todas las etapas de la obra. Si llega a ocurrir un incendio, debes tener listo el equipo adecuado para apagarlo, siguiendo las reglas oficiales. Esta protección debe estar tanto en el terreno como en el área donde trabajas y en las construcciones temporales. Los extintores y demás equipos deben colocarse en lugares donde cualquiera pueda alcanzarlos fácilmente y señalizarse con letreros o símbolos que se vean claros.

Texto oficial

ARTÍCULO 111.- Durante las diferentes etapas de la construcción de cualquier obra deben tomarse las precauciones necesarias para evitar incendios, y en su caso, para combatirlos mediante el equipo de extinción adecuado de acuerdo con las Normas y demás disposiciones aplicables. Esta protección debe proporcionarse en el predio, en el área ocupada por la obra y sus construcciones provisionales. Los equipos de extinción deben ubicarse en lugares de fácil acceso y se identificarán mediante señales, letreros o símbolos claramente visibles.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 91) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.