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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_12256/112
Ley
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
112

Artículo 112 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando construyes o pones un edificio de alto riesgo de incendio, necesitas que alguien especialista le dé el visto bueno a cómo escoges y colocas los sistemas para apagar el fuego. Ese especialista se llama Corresponsable en Instalaciones y se asegura de que todo esté bien hecho para proteger a las personas.

Texto oficial

ARTÍCULO 112.- El diseño, selección, ubicación e instalación de los sistemas contra incendio en edificaciones de riesgo alto deben estar avalados por un Corresponsable en Instalaciones.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 91) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.