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Artículo 145 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres hacer un agujero o modificar una columna, viga o cualquier parte que sostenga un edificio para pasar tuberías o cables, necesitas que el Director Responsable de Obra o el experto en seguridad estructural lo autorice primero. Además, las tuberías de gas, agua o drenaje que pasen por las uniones entre secciones del edificio deben tener conexiones flexibles, es decir, que puedan moverse un poco sin romperse. Esto es para evitar que se dañen por movimientos normales de la construcción, como asentamientos o temblores.

Texto oficial

ARTÍCULO 145.- Cualquier perforación o alteración de un elemento estructural para alojar ductos o instalaciones deberá ser aprobada por el Director Responsable de Obra o por el Corresponsable en Seguridad Estructural, en su caso. Las instalaciones, particularmente las de gas, agua y drenaje que crucen juntas constructivas estarán provistas de conexiones flexibles o de tramos flexibles. CAPÍTULO III DE LOS CRITERIOS DE DISEÑO ESTRUCTURAL 478 Adición publicada en la GOCDMX el 17 de junio de 2016 479 Reforma publicada en la GOCDMX el 17 de junio de 2016 480 Reforma publicada en la GOCDMX el 17 de junio de 2016 481 Reforma publicada en la GOCDMX el 17 de junio de 2016 101

Ver ley oficial en el DOF (pág. 100) ↗

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