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Artículo 158 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla sobre cómo se deben revisar las construcciones para que sean seguras. Primero dice que hay que asegurarse de que la resistencia de un edificio o estructura sea suficiente para soportar todas las cargas que pueda recibir (como el peso de la gente, los muebles, el viento o los temblores), y para esto se usan factores de seguridad según las reglas oficiales. También explica que hay que verificar que, aunque no uses esos factores de seguridad extra, la estructura no se deforme tanto que deje de funcionar bien o se vea muy afectada por el uso diario. En pocas palabras, la construcción debe ser fuerte para no colapsar y estar en buen estado para que la gente la pueda usar sin problemas.

Texto oficial

ARTÍCULO 158.- Se revisará que para las distintas combinaciones de acciones y para cualquier estado límite de falla posible, la resistencia de diseño sea mayor o igual al efecto de las acciones que intervengan en la combinación de cargas en estudio, multiplicado por los factores de carga correspondientes, según lo especificado en las Normas. Párrafo Segundo Derogado.490 También se revisará que bajo el efecto de las posibles combinaciones de acciones sin multiplicar por factores de carga, no se rebase algún estado límite de servicio. 487 Reforma publicada en la GOCDMX el 17 de junio de 2016 488 Reforma publicada en la GOCDMX el 17 de junio de 2016 489 Reforma publicada en la GOCDMX el 17 de junio de 2016 491 Reforma publicada en la GOCDMX el 17 de junio de 2016 104

Ver ley oficial en el DOF (pág. 103) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.