Artículo 196 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si estás construyendo un edificio, debes tomar medidas para evitar incendios y tener equipo para apagarlos, como extintores. Esta protección aplica tanto en la obra como en los terrenos vecinos, bodegas, almacenes y oficinas. El equipo contra fuego debe estar en un lugar fácil de alcanzar, sobre todo donde se hagan soldaduras o cosas que puedan causar incendios, y debe tener letreros o señales bien visibles. Los extintores deben cumplir con las reglas del reglamento, las Normas Oficiales Mexicanas y otras leyes de seguridad. Además, cualquier aparato que suelte humo o gas debe colocarse de modo que no provoque un incendio o te intoxique.
Texto oficial
ARTÍCULO 196.- Durante la construcción de cualquier edificación, deben tomarse las precauciones necesarias para evitar los incendios y para combatirlos mediante el equipo de extinción adecuado. Esta protección debe proporcionarse tanto al área ocupada por la obra en sí, como a las colindancias, bodegas, almacenes y oficinas. El equipo de extinción de fuego debe ubicarse en lugares de fácil acceso en las zonas donde se ejecuten soldaduras u otras operaciones que puedan originar incendios y se identificará mediante señales, letreros o símbolos claramente visibles. 542 Los extintores de fuego deben cumplir con lo indicado en este Reglamento y sus Normas, en las Normas Oficiales Mexicanas vigentes y en el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como, en la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal y su Reglamento. 543 Los aparatos y equipos que se utilicen en la edificación, que produzcan humo o gas proveniente de la combustión, deben ser colocados de manera que se evite el peligro de incendio o de intoxicación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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