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Artículo 198 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que, como trabajador, tienes la obligación de usar el equipo de protección que te den en el trabajo (como cascos, guantes o lentes) siempre que sea necesario. Tienes que usarlo según lo que indiquen las reglas oficiales mexicanas y el reglamento de seguridad laboral. También aplica lo que diga la ley de protección civil de la Ciudad de México y su reglamento. En pocas palabras, si tu jefe te da equipo de seguridad, debes ponértelo para cuidarte.

Texto oficial

ARTÍCULO 198.- Los trabajadores deben usar los equipos de protección personal en los casos que se requiera, de conformidad con lo indicado por las Normas Oficiales Mexicanas en la materia, en el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo; así como en la Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal y su Reglamento. 545

Ver ley oficial en el DOF (pág. 119) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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