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Artículo 202 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Director Responsable de Obra (el ingeniero o arquitecto a cargo) tiene que checar que todo se haga según las reglas y el plano. Debe asegurarse de que los materiales tengan buena resistencia, que las piezas tengan las medidas exactas (como el ancho, largo y grosor), y que los soportes estén derechos y a nivel. También debe verificar que la estructura aguante su propio peso más el de la gente o muebles, sin pasarse de lo permitido.

Texto oficial

ARTÍCULO 202.- El Director Responsable de Obra debe vigilar que se cumpla con este Reglamento, las Normas y con lo especificado en el proyecto, principalmente en lo que se refiere a los siguientes aspectos:547 I. Propiedades mecánicas de los materiales; II. Tolerancias en las dimensiones de los elementos estructurales, como medidas de claros, secciones de las piezas, áreas y distribución del acero y espesores de recubrimientos; III. Nivel y alineamiento de los elementos estructurales, y IV. Cargas muertas y vivas en la estructura, incluyendo las que se deban a la colocación de materiales durante la ejecución de la obra.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 120) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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