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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_12256/209
Ley
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
209

Artículo 209 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estás haciendo una excavación y te topas con restos fósiles o arqueológicos (como huesos antiguos o piezas de culturas pasadas), tienes que parar la chamba en ese lugar al instante. Además, debes avisar a la autoridad que corresponda (como a la dependencia encargada de obras o al gobierno local) para que ellos le notifiquen a las oficinas federales o locales que manejan estos temas. No puedes seguir excavando hasta que te den luz verde. Es para proteger el patrimonio cultural o científico de México.

Texto oficial

ARTÍCULO 209.- Si en el proceso de una excavación se encuentran restos fósiles o arqueológicos, se debe suspender de inmediato la excavación en ese lugar y notificar a la Administración para que lo haga del conocimiento de las dependencias de la Administración Pública Federal y/o Local competentes.549

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 122) ↗

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