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Ley
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
241

Artículo 241 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Director Responsable de Obra (el ingeniero o arquitecto que supervisa la construcción) y, si lo hay, el Corresponsable (otro especialista), deben proponer cómo van a demoler una construcción. La Delegación (la autoridad local) es la que da el permiso final para que la demolición se haga.

Texto oficial

ARTÍCULO 241.- El procedimiento de demolición será propuesto por el Director Responsable de Obra y el Corresponsable en su caso y autorizado por la Delegación.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 133) ↗

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