Artículo 242 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las obras donde se tumban construcciones viejas solo pueden hacerse de 8 de la mañana a 6 de la tarde. Si necesitas trabajar fuera de ese horario, primero tienes que pedirles permiso a los vecinos. Después de tener el sí de los vecinos, debes solicitar la autorización a la Delegación. Sin esos dos pasos, no puedes cambiar el horario.
Texto oficial
ARTÍCULO 242.- El horario de trabajo en el proceso de las obras de demolición quedará comprendido entre las 8:00 y las 18:00 horas. En caso de que sea necesario ampliar o modificar este horario, previo consentimiento de los vecinos, se deberá solicitar a la Delegación su aprobación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.