Artículo 26 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tu proyecto de construcción va a tener dos o más usos diferentes (por ejemplo, una casa que también sea una tienda), cada parte de la obra debe cumplir con las reglas que le toquen según el tipo de uso. Esas reglas las van a marcar los planes oficiales de la ciudad, como el Programa General, los Delegacionales o los Parciales. No puedes aplicar las mismas reglas a todo por igual, sino que cada uso debe respetar lo que dice el programa que le corresponde.
Texto oficial
ARTÍCULO 26.- Los proyectos para edificaciones que contengan dos o más de los usos a que se refiere este Reglamento se sujetarán en cada una de sus partes a las disposiciones y normas que establezcan los Programas General, Delegacionales y/o Parciales que correspondan. 78 Reforma publicada en la GOCDMX el 17 de junio de 2016 79 Reforma publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 80 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 81 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 82 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 83 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 84 Adición publicada en la GOCDMX el 08 de mayo de 2024 17
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.