Artículo 11 del REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE ESTACIONAMIENTO EN VÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) te da el permiso para manejar los parquímetros, pero antes necesita el visto bueno de la Jefatura de Gobierno de la CDMX, la opinión de la Secretaría de Administración y Finanzas, y un estudio de un experto independiente que analice si sale caro o barato y si conviene. Además, antes de darte el permiso, la Secretaría le tiene que preguntar su opinión a la Alcaldía del lugar donde pondrás los parquímetros. Esa opinión de la Alcaldía debe estar bien explicada y basada en las reglas que aplican.
Texto oficial
Artículo 11. Las concesiones para el uso, control, administración, operación, cobro, aprovechamiento y supervisión de los parquímetros serán otorgadas por la Secretaría, previo acuerdo delegatorio de la persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, opinión de la Secretaría de Administración y Finanzas, la evaluación técnica-financiera y el análisis costo-beneficio realizado por un tercero independiente calificado en la materia. Para el otorgamiento de las concesiones, la Secretaría consultará la opinión de la Alcaldía en cuya demarcación territorial se pretenda concesionar el uso, administración, operación, cobro, aprovechamiento y supervisión, del sistema de parquímetros, la cual deberá estar fundada en la normativa aplicable y motivada de acuerdo al caso específico.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.